COMITÉS de SEGURIDAD y SALUD



COMITÉS PROVINCIALES DE SEGURIDAD Y SALUD


Los comités provinciales de Seguridad y Salud de Telefónica están presentes en aquellas provincias donde hay centros de trabajo con 50 o más trabajadores


Cada Comité está formado por los delegados de Prevención, por una parte, y por la empresa y/o sus representantes en número igual al de los delegados de Prevención, de la otra. 


En las reuniones del Comité de Seguridad y Salud también podrán participar, con voz, pero sin voto, los delegados sindicales (art. 10 L.O.L.S.) y los responsables técnicos de la prevención en la empresa que no estén incluidos en la composición a la que se refiere el párrafo anterior. 


En las mismas condiciones, también podrán participar trabajadoras/es de la empresa que cuenten con una especial cualificación o información respecto de cuestiones concretas que se deban debatir en este comité y técnicos en prevención ajenos a la empresa, siempre que así lo solicite alguna de las representaciones en el Comité.


El Comité de Seguridad y Salud se reúne de forma ordinaria trimestralmente y siempre que lo solicite alguna de las representaciones en el mismo. En los casos de los Comités de Seguridad y Salud de TdE Madrid, Barcelona, Valencia, Bilbao y Sevilla, por su carácter de cabecera territorial, la frecuencia de reunión es bimestral.


Competencias y facultades del Comité de Seguridad y Salud


  • Participa en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos en la empresa.
  • Promueve iniciativas sobre métodos y procedimientos preventivos de riesgos laborales, así como propone a la empresa la mejora de las condiciones o corrección de las deficiencias existentes.
  • Conoce la documentación e informes relativos a las condiciones de trabajo, los procedentes de la actividad del servicio de prevención, así como los daños producidos en la salud o integridad física de los trabajadores.
  • Conoce e informa la memoria y la programación anual de servicios de prevención en la empresa o centro de trabajo.
  • Conoce directamente la situación relativa a la prevención de riesgos en los centros de trabajo de su ámbito, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas.


En aquellas empresas (como es el caso de las adscritas al CEV de Telefónica) que cuenten con varios Comités provinciales de Seguridad y Salud, se constituirá un Comité Intercentros/Central de Seguridad y Salud.


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COMITÉ INTERCENTROS DE SEGURIDAD Y SALUD TME


Está integrado por seis miembros: tres delegados de Prevención designados por el Comité Intercentros de TME, y tres representantes designados por la empresa. 


Sus competencias serán las siguientes: 


  • Coordinar y normalizar la actuación en materia de prevención de riesgos laborales, tratando aquellas cuestiones que afecten a toda la Empresa o a varias provincias. 
  • Integrar, dirigir y coordinar las actividades de los Comités Provinciales
  • Proponer todas aquellas actividades que contribuyan a la mejora de la prevención de riesgos laborales
  • Impulsar la relación con los respectivos Comités Provinciales de Seguridad y Salud, así como con los delegados de Prevención no pertenecientes a Comités. 


Los acuerdos adoptados por este Comité permanecerán vigentes en tanto no contradigan lo dispuesto en el Convenio de Empresas Vinculadas de Telefónica. 


Se reúne trimestralmente.


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COMITÉ INTERCENTROS DE SEGURIDAD Y SALUD TSOL


Estará integrado por ocho miembros: cuatro delegados de Prevención designados por el Comité Intercentros de TSOL, y cuatro representantes designados por la empresa.


Sus competencias, además de las atribuidas a los Comités de Seguridad y Salud, serán las siguientes: 


a) Coordinar y normalizar la actuación en materia de Prevención de Riesgos Laborales y Medio Ambiente, tratando aquellas cuestiones que afecten a toda la empresa o a varios Centros de Trabajo y específicamente en todo lo referente al Plan de Prevención de Riesgos laborales y la política de protección del medio ambiente de la Empresa. 


b) Integrar, dirigir y coordinar las actividades de los Comités de Seguridad, Salud y Medio Ambiente y delegados de Prevención de los centros de trabajo. 


c) Proponer todas aquellas actividades que contribuyan a la mejora de la prevención de riesgos laborales. 


d) Impulsar la relación con los Comités de Seguridad y Salud de los centros de trabajo, así como con los delegados de Prevención no pertenecientes a Comités.


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COMITÉ CENTRAL DE SEGURIDAD Y SALUD TDE


Está constituido por ocho miembros designados por la RRTT y otros tantos por la representación de la empresa. 


A las reuniones de dicho Comité podrán asistir con derecho a voz, pero sin voto, un asesor por cada uno de los sindicatos más representativos. 


Al Comité Central le corresponden el conjunto de las competencias indicadas para los Comité Provinciales de Seguridad y Salud, cuando las cuestiones afecten a varias provincias, y específicamente las siguientes: 


  • Coordinación y normalización en prevención de riesgos, tratando aquellas cuestiones que sean de incidencia general a nivel de la empresa, o que afecten a varias provincias. 
  • Integra, dirige y coordina las actividades de los Comités Provinciales
  • Propone todas aquellas actividades que, superando los mínimos establecidos por la legislación vigente, contribuyan al mejor conocimiento y prevención de los riesgos profesionales. El Comité Central se relacionará con los respectivos Comités Provinciales de Seguridad y Salud y con los responsables provinciales y/o centrales de las áreas afectadas. 
  • El Comité Central de Seguridad y Salud podrá acordar la presencia de vocales de éste en los Comités Provinciales, siéndole comunicada previamente al Comité Provincial en cuestión. 
  • De igual forma, cuando el pleno del Comité así lo decida, podrán constituirse grupos de trabajo para el estudio de materias específicas, estando formado por miembros del propio Comité y pudiendo recibir asesoramiento externo a éste. 


Este Comité se reúne con carácter mensual.


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COMISIÓN INTEREMPRESAS DE SEGURIDAD Y SALUD 


Creada a raíz de la firma del I Convenio de Empresas Vinculadas de Telefónica en 2016.


Tiene como principal objeto la participación y consulta en materia de prevención de riesgos laborales

de aquellos aspectos que superen el alcance de los Comités Central e Intercentros de cada una de las Empresas del CEV de Telefónica (TdE, TME y TSOL).


Esta Comisión paritaria está constituida por seis miembros en representación de los sindicatos más representativos, y otros seis miembros en representación de las empresas. 


Esta Comisión se reúne como mínimo una vez al semestre.


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CONSULTAS SOBRE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL EN TELEFÓNICA


Si trabajas en alguna de las empresas acogidas al Convenio de Empresas Vinculadas de Telefónica, y quieres realizarnos alguna consulta sobre seguridad y salud laboral puedes dirigirte a : prevencion@sc.sumados.org indicando en tu correo los siguientes datos:


Nombre y apellidos

Provincia

Empresa

Teléfono de contacto

Motivo de la consulta


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