COMITÉS de SEGURIDAD y SALUD
COMITÉS PROVINCIALES DE SEGURIDAD Y SALUD
COMITÉ INTERCENTROS DE SEGURIDAD Y SALUD TME
COMITÉ INTERCENTROS DE SEGURIDAD Y SALUD TSOL
COMITÉ CENTRAL DE SEGURIDAD Y SALUD TDE
COMISIÓN INTEREMPRESAS DE SEGURIDAD Y SALUD
CONSULTAS SOBRE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL EN TELEFÓNICA
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COMITÉS PROVINCIALES DE SEGURIDAD Y SALUD
Los comités provinciales de Seguridad y Salud de Telefónica están presentes en aquellas provincias donde hay centros de trabajo con 50 o más trabajadores.
Cada Comité está formado por los delegados de Prevención, por una parte, y por la empresa y/o sus representantes en número igual al de los delegados de Prevención, de la otra.
En las reuniones del Comité de Seguridad y Salud también podrán participar, con voz, pero sin voto, los delegados sindicales (art. 10 L.O.L.S.) y los responsables técnicos de la prevención en la empresa que no estén incluidos en la composición a la que se refiere el párrafo anterior.
En las mismas condiciones, también podrán participar trabajadoras/es de la empresa que cuenten con una especial cualificación o información respecto de cuestiones concretas que se deban debatir en este comité y técnicos en prevención ajenos a la empresa, siempre que así lo solicite alguna de las representaciones en el Comité.
El Comité de Seguridad y Salud se reúne de forma ordinaria trimestralmente y siempre que lo solicite alguna de las representaciones en el mismo. En los casos de los Comités de Seguridad y Salud de TdE Madrid, Barcelona, Valencia, Bilbao y Sevilla, por su carácter de cabecera territorial, la frecuencia de reunión es bimestral.
Competencias y facultades del Comité de Seguridad y Salud
- Participa en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos en la empresa.
- Promueve iniciativas sobre métodos y procedimientos preventivos de riesgos laborales, así como propone a la empresa la mejora de las condiciones o corrección de las deficiencias existentes.
- Conoce la documentación e informes relativos a las condiciones de trabajo, los procedentes de la actividad del servicio de prevención, así como los daños producidos en la salud o integridad física de los trabajadores.
- Conoce e informa la memoria y la programación anual de servicios de prevención en la empresa o centro de trabajo.
- Conoce directamente la situación relativa a la prevención de riesgos en los centros de trabajo de su ámbito, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas.
En aquellas empresas (como es el caso de las adscritas al CEV de Telefónica) que cuenten con varios Comités provinciales de Seguridad y Salud, se constituirá un Comité Intercentros/Central de Seguridad y Salud.
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COMITÉ INTERCENTROS DE SEGURIDAD Y SALUD TME
Está integrado por seis miembros: tres delegados de Prevención designados por el Comité Intercentros de TME, y tres representantes designados por la empresa.
Sus competencias serán las siguientes:
- Coordinar y normalizar la actuación en materia de prevención de riesgos laborales, tratando aquellas cuestiones que afecten a toda la Empresa o a varias provincias.
- Integrar, dirigir y coordinar las actividades de los Comités Provinciales.
- Proponer todas aquellas actividades que contribuyan a la mejora de la prevención de riesgos laborales.
- Impulsar la relación con los respectivos Comités Provinciales de Seguridad y Salud, así como con los delegados de Prevención no pertenecientes a Comités.
Los acuerdos adoptados por este Comité permanecerán vigentes en tanto no contradigan lo dispuesto en el Convenio de Empresas Vinculadas de Telefónica.
Se reúne trimestralmente.
COMITÉ INTERCENTROS DE SEGURIDAD Y SALUD TSOL
Estará integrado por ocho miembros: cuatro delegados de Prevención designados por el Comité Intercentros de TSOL, y cuatro representantes designados por la empresa.
Sus competencias, además de las atribuidas a los Comités de Seguridad y Salud, serán las siguientes:
a) Coordinar y normalizar la actuación en materia de Prevención de Riesgos Laborales y Medio Ambiente, tratando aquellas cuestiones que afecten a toda la empresa o a varios Centros de Trabajo y específicamente en todo lo referente al Plan de Prevención de Riesgos laborales y la política de protección del medio ambiente de la Empresa.
b) Integrar, dirigir y coordinar las actividades de los Comités de Seguridad, Salud y Medio Ambiente y delegados de Prevención de los centros de trabajo.
c) Proponer todas aquellas actividades que contribuyan a la mejora de la prevención de riesgos laborales.
d) Impulsar la relación con los Comités de Seguridad y Salud de los centros de trabajo, así como con los delegados de Prevención no pertenecientes a Comités.
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COMITÉ CENTRAL DE SEGURIDAD Y SALUD TDE
Está constituido por ocho miembros designados por la RRTT y otros tantos por la representación de la empresa.
A las reuniones de dicho Comité podrán asistir con derecho a voz, pero sin voto, un asesor por cada uno de los sindicatos más representativos.
Al Comité Central le corresponden el conjunto de las competencias indicadas para los Comité Provinciales de Seguridad y Salud, cuando las cuestiones afecten a varias provincias, y específicamente las siguientes:
- Coordinación y normalización en prevención de riesgos, tratando aquellas cuestiones que sean de incidencia general a nivel de la empresa, o que afecten a varias provincias.
- Integra, dirige y coordina las actividades de los Comités Provinciales.
- Propone todas aquellas actividades que, superando los mínimos establecidos por la legislación vigente, contribuyan al mejor conocimiento y prevención de los riesgos profesionales. El Comité Central se relacionará con los respectivos Comités Provinciales de Seguridad y Salud y con los responsables provinciales y/o centrales de las áreas afectadas.
- El Comité Central de Seguridad y Salud podrá acordar la presencia de vocales de éste en los Comités Provinciales, siéndole comunicada previamente al Comité Provincial en cuestión.
- De igual forma, cuando el pleno del Comité así lo decida, podrán constituirse grupos de trabajo para el estudio de materias específicas, estando formado por miembros del propio Comité y pudiendo recibir asesoramiento externo a éste.
Este Comité se reúne con carácter mensual.
COMISIÓN INTEREMPRESAS DE SEGURIDAD Y SALUD
Creada a raíz de la firma del I Convenio de Empresas Vinculadas de Telefónica en 2016.
Tiene como principal objeto la participación y consulta en materia de prevención de riesgos laborales
de aquellos aspectos que superen el alcance de los Comités Central e Intercentros de cada una de las Empresas del CEV de Telefónica (TdE, TME y TSOL).
Esta Comisión paritaria está constituida por seis miembros en representación de los sindicatos más representativos, y otros seis miembros en representación de las empresas.
Esta Comisión se reúne como mínimo una vez al semestre.
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CONSULTAS SOBRE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL EN TELEFÓNICA
Si trabajas en alguna de las empresas acogidas al Convenio de Empresas Vinculadas de Telefónica, y quieres realizarnos alguna consulta sobre seguridad y salud laboral puedes dirigirte a : prevencion@sc.sumados.org indicando en tu correo los siguientes datos:
Nombre y apellidos
Provincia
Empresa
Teléfono de contacto
Motivo de la consulta
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