Publicado el 17 de junio de 2019 por Sindicato SUMADOS
El pasado 10 de junio, la empresa se dirigió a los Comités intercentros de TdE, TME y TSOL, informando de su intención de iniciar el proceso de Negociación Colectiva del II Convenio de Empresas Vinculadas.
Por ello, el Comité Intercentros de TME (donde SUMA
DOS
tiene representación) ha realizado una reunión extraordinaria este lunes 17, con un único punto en el orden de día:
Votación para que el Comité Intercentros de TME ratifique la propuesta de la empresa para dar inicio de la negociación del Segundo Convenio Colectivo de Empresas Vinculadas de Telefónica de España S.A.U., Telefónica Móviles España S.A.U. y Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones de España S.A.U…
En dicha reunión, desde SUMA
DOS
hemos expuesto que, en la comunicación de la empresa, no se facilitaban una serie de datos que, a nuestro modo de ver, resultan imprescindibles para poder dar una respuesta fundamentada a su solicitud
.
Nos referíamos a cuestiones como: ¿quién compondrá la Comisión Negociadora?, ¿de cuántos miembros estará formada?, ¿qué organizaciones estarán representadas?,¿cuáles serán los protocolos de comunicación entre la Comisión Negociadora y el Comité Intercentros?, etc.
Sin embargo, nuestra proposición
no ha sido aceptada
por el resto de los miembros del Comité Intercentros y se ha pasado a votar la propuesta de la empresa, resultando ésta aprobada con los votos favorables de UGT y CCOO y nuestra abstención.
Nuestra responsabilidad frente a nuestra afiliación, frente a l@s trabajador@s que representamos y frente a nuestra propia trayectoria de sindicato que cree en la negociación colectiva, nos ha impedido votar en contra del inicio de la negociación. Pero al mismo tiempo, por esa misma responsabilidad, tampoco podíamos entregar un cheque en blanco sin tener conocimiento de los términos en los que se van a establecer las mesas de negociación.
Una vez finalizada la reunión, hemos hecho entrega a la Dirección de Relaciones Laborales de una carta,
explicando lo sucedido y reivindicando nuestro derecho, como sindicato mayoritario en TME, a estar presentes en la negociación del II CEV
, especialmente tenor a lo estipulado en el artículo 202 del I Convenio de Empresas Vinculadas, en cuanto a lo que se refiere a las competencias del Comité Intercentros.
SUMA
DOS