Publicado el dic 21, 2023 por Sindicato SC SUMADOS

El 21/12 ha tenido lugar la 7ª reunión de la mesa negociadora del DESPIDO COLECTIVO de Telefónica.

En dicha reunión la empresa ha expuesto lo que ha denominado SU PROPUESTA FINAL:

El público objetivo final es :

TME: 397 personas

TdE: 2958 personas

TSOL: 66 personas

Condiciones generales:

-Nacidos en 1968 y anteriores, pertenecientes a áreas excedentarias y con más de 15 años de antigüedad.

-Se podrán presentar solicitudes de áreas no excedentarias hasta un máximo del 35% del público objetivo. Con aplicación preferente para las personas que no pudieron acogerse al último PSI.

-Se entenderá como salario regulador la suma de devengos fijos anuales.

Cobertura económica:
  • Nacidos en 1968: 68% del salario regulador hasta los 63 años y 38% desde los 63 a 65 años.
  • Nacidos en 1967, 66, 65 y 1964: 62% del salario regulador hasta los 63 años y 34% de los 63 a 65 años.
  • Nacidos en 1963 y anteriores:  52% del salario regulador hasta los 63 años y 34% de los 63 a los 65 años.
  • Trabajadores con 65 años o más:  20 días por año trabajado, máximo una anualidad del sueldo base.
  • Para el cálculo del salario regulador entre los 63 y 65 años se incrementará en un 1% anual el sueldo base.
  • Aquellas personas que hayan tenido reducción de jornada por cuidado de menor tendrán como salario regulador el 100% de su salario.
  • Habrá una prima de voluntariedad para los nacidos en 1967 y anteriores de 10.000 € brutos.
  • Convenio Especial con la Seguridad Social: se abonará el 100% hasta los 63 años o edad de jubilación anticipada de la persona trabajadora.
  • La persona trabajadora deberá solicitar la prestación por desempleo, que se deducirá de las cuotas a percibir por parte de la empresa. Durante este periodo la cotización a la Seguridad Social la sufragará la empresa.
  • Aportación de una cuota única al plan de pensiones por parte de la empresa cuando la persona trabajadora cumpla los 63 años, siempre y cuando no haya rescatado ni movilizado el plan.
  • Premio de servicios prestados: se abonará el porcentaje que no haya sido cobrado por la persona trabajadora.
  • Beneficios sociales: asistencia sanitaria con póliza básica cubierta hasta los 63 años (o edad de jubilación anticipada) para la persona trabajadora, cónyuge y beneficiarios.
  • Seguro colectivo de riesgo: la empresa lo abonará hasta los 63 años, salvo en las personas con Seguro de Supervivencia, en cuyo caso será hasta los 65 años.
  • Aportación a ATAM hasta los 63 años, siempre y cuando la persona trabajadora siga siendo socia.
  • Reversibilidad de la compensación en favor de los herederos en caso de defunción de la persona trabajadora.
-Todas las casuísticas especiales que pudiera haber se atenderán y analizarán en una Comisión de Seguimiento.

-La persona que se acoja al Despido Colectivo no podrá trabajar en empresas que hagan competencia al grupo Telefónica.

Procedimiento de salidas:

Periodo de solicitudes voluntarias del 9/1/24 y 8/2/24: la compañía comunicaría la solicitud o rechazo antes del 14/02/24.

La desvinculación con la empresa se haría efectiva el 29/02/24.

En el caso de no alcanzar el número de salidas propuestas, el criterio será por edad (de mayor a menor) de áreas excedentarias.

Por nuestra parte, desde SC SUMADOS hemos expuesto lo siguiente :

Este despido colectivo, no puede suponer un retroceso en condiciones con relación a procesos anteriores.

Durante la negociación, todas las partes nos hemos esforzado en que su resultado tenga el menor impacto posible y eso ya se ha visto reflejado en la reducción del público objetivo, que ha disminuido en más de 1500 personas, frente al planteamiento inicial de la empresa.

Aun así, desde SC SUMADOS seguimos pensando que lo más importante es que el acuerdo final recoja la VOLUNTARIEDAD, como principal premisa para la adscripción de las personas a quien está dirigido.

Deberían estar incluidos en el salario regulador todos los complementos fijos y variables.

Telefónica es una empresa grande y así lo ha demostrado en sus casi 100 años de historia. El orgullo de pertenencia de las personas trabajadoras que han formado parte de la plantilla perdura aun cuando ya no están vinculadas. Por eso, ahora no podemos permitirnos un acuerdo que dañe ese vínculo.

Desde nuestra Organización analizaremos la última propuesta realizada hoy y la pasaremos a su debate interno, de cara a la toma de decisiones.

Así mismo, hemos trasladado a la empresa la conveniencia de la realización de una consulta a la plantilla en cuanto a la aceptación o no de esta oferta final.
 

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