Publicado el 20 de diciembre de 2023 por Sindicato SUMADOS

En la 6ª reunión de la mesa negociadora del despido colectivo de Telefónica, mantenida la tarde del 20 de diciembre,la empresa ha realizado la siguiente propuesta:
Disminución del número de afectados
Disminución del número de afectados
TdE de 3.219 a 3.016
TME de 682 a 485
TME de 682 a 485
Condiciones Económicas
Nacidos en el año 68
65% del salario regulador hasta los 63 años
34% del salario regulador de los 63 años a los 65 años
Nacidos en año 65,66,67
60% del salario regulador hasta los 63 años
32% del salario regulador de los 63 años a los 65 años
Nacidos en año 64 y anteriores y menores de 65 años
50% del salario regulador hasta los 63 años
32% del salario regulador de los 63 años a los 65 años
Mayores 65 años
20 días por año trabajado con máximo una anualidad
65% del salario regulador hasta los 63 años
34% del salario regulador de los 63 años a los 65 años
Nacidos en año 65,66,67
60% del salario regulador hasta los 63 años
32% del salario regulador de los 63 años a los 65 años
Nacidos en año 64 y anteriores y menores de 65 años
50% del salario regulador hasta los 63 años
32% del salario regulador de los 63 años a los 65 años
Mayores 65 años
20 días por año trabajado con máximo una anualidad
Para los nacidos en año 64,65,66,67, prima única
de 3.000€ por voluntariedad
Seguro colectivo de riesgo hasta los 63 años, en el caso de poseer seguro de supervivencia, hasta los 65 años
Poliza seguro médico básica, hasta 63 años
Reversibilidad de las rentas en el caso de defunción
100% pago del convenio especial con la seguridad social hasta los 63 años, en el caso de no poder acceder a la jubilación anticipada, pago del 50% hasta la edad que se pueda acceder a la jubilación anticipada.
Desde SC SUMADOS seguimos viendo insuficientes las condiciones que propone la empresa para poder llegar a un acuerdo en el despido colectivo. En aras de poder acercar posturas, trasladamos las siguientes propuestas:
-Dado que el plan social no es similar a los anteriores, se deberá realizar una disminución significativa del número de personas afectadas.
-Voluntariedad y Universalidad.
-Aplicar un incremento en el porcentaje de salario regulador ofertado y prolongarlo hasta la edad de jubilación ordinaria de cada persona trabajadora.
-Abonar el 100% del convenio especial de la Seguridad Social hasta la edad de jubilación ordinaria de la persona trabajadora.
- Solo retraer del plan social por acordar, la prestación por desempleo neta de cada persona trabajadora.
- Incluir en el salario regulador los bienios, saltos de nivel y PIC del año en que se produzca la salida de las personas trabajadoras.
- Incluir en el salario regulador la cantidad que actualmente aporta la empresa al plan de pensiones de la persona trabajadora.
- Eliminar del público objetivo del despido colectivo, a aquellas personas trabajadoras que por sus circunstancias personales no cumplen los requisitos para acceder a la jubilación anticipada. Detectamos, según los datos ofrecidos por la empresa, que este colectivo puede llegar a ser de 300 personas.
-Tomar como antigüedad de la persona trabajadora, la que tenga en el grupo Telefónica.
- Incluir todos los complementos específicos de cada una de las jurídicas en el cálculo del salario regulador. Si queremos un modelo común, no puede ser que en unas jurídicas se incluyan unos complementos y en otras no, por poner un ejemplo, Plus COR de TME.
-Considerar a las personas trabajadoras que se acojan al despido colectivo, como personal de alta en la compañía para la percepción del último tramo de acciones de recompensa, así como las 100 acciones por el centenario.
La próxima reunión de negociación del Despido Colectivo será el jueves 21/12.
Seguro colectivo de riesgo hasta los 63 años, en el caso de poseer seguro de supervivencia, hasta los 65 años
Poliza seguro médico básica, hasta 63 años
Reversibilidad de las rentas en el caso de defunción
100% pago del convenio especial con la seguridad social hasta los 63 años, en el caso de no poder acceder a la jubilación anticipada, pago del 50% hasta la edad que se pueda acceder a la jubilación anticipada.
Desde SC SUMADOS seguimos viendo insuficientes las condiciones que propone la empresa para poder llegar a un acuerdo en el despido colectivo. En aras de poder acercar posturas, trasladamos las siguientes propuestas:
-Dado que el plan social no es similar a los anteriores, se deberá realizar una disminución significativa del número de personas afectadas.
-Voluntariedad y Universalidad.
-Aplicar un incremento en el porcentaje de salario regulador ofertado y prolongarlo hasta la edad de jubilación ordinaria de cada persona trabajadora.
-Abonar el 100% del convenio especial de la Seguridad Social hasta la edad de jubilación ordinaria de la persona trabajadora.
- Solo retraer del plan social por acordar, la prestación por desempleo neta de cada persona trabajadora.
- Incluir en el salario regulador los bienios, saltos de nivel y PIC del año en que se produzca la salida de las personas trabajadoras.
- Incluir en el salario regulador la cantidad que actualmente aporta la empresa al plan de pensiones de la persona trabajadora.
- Eliminar del público objetivo del despido colectivo, a aquellas personas trabajadoras que por sus circunstancias personales no cumplen los requisitos para acceder a la jubilación anticipada. Detectamos, según los datos ofrecidos por la empresa, que este colectivo puede llegar a ser de 300 personas.
-Tomar como antigüedad de la persona trabajadora, la que tenga en el grupo Telefónica.
- Incluir todos los complementos específicos de cada una de las jurídicas en el cálculo del salario regulador. Si queremos un modelo común, no puede ser que en unas jurídicas se incluyan unos complementos y en otras no, por poner un ejemplo, Plus COR de TME.
-Considerar a las personas trabajadoras que se acojan al despido colectivo, como personal de alta en la compañía para la percepción del último tramo de acciones de recompensa, así como las 100 acciones por el centenario.
La próxima reunión de negociación del Despido Colectivo será el jueves 21/12.
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