Publicado el dic 13, 2023 por Sindicato SC SUMADOS

 

En la mañana del 13/12 ha tenido lugar la 6ª reunión de la mesa negociadora del III CEV.
 
En dicha reunión, desde SC SUMADOS hemos dado respuesta al borrador entregado por la empresa sobre el artículo 102 relativo a Permisos Retribuidos , en los siguientes términos:
 
- Apartado b, relativo al permiso en caso de accidente, enfermedad grave, hospitalización e intervención quirúrgica: solicitamos que se modifique el redactado de manera que quede claro que el permiso sea disfrutable en todos estos supuestos con o sin hospitalización.
 
En cuanto a la justificación para disfrutar de dicho permiso, entendemos que se necesite alguna documentación, pero la que la empresa pretende que se entregue es cuando menos difícil de conseguir, dado que solicitar informes médicos o de centros sanitarios va en contra del derecho a la privacidad en los datos del paciente.
 
Por otro lado, entendemos que incrementar a 5 días estos supuestos es una mejora, pero también se debe mantener la posibilidad de poder diferir el disfrute del permiso en una ventana de 3 semanas, desde el hecho causante.
 
-Apartado c(fallecimiento de familiares): hemos propuesto que se amplíe este permiso de 10 a 20 días para fallecimiento de hijos, cónyuges o parejas de hecho y de 4 a 10 días en caso de familiares hasta segundo grado.
 
- Apartado h: la empresa pretende eliminar los días de Asuntos Propios, a lo que nuestra respuesta es un NO rotundo.  
 
-Apartado n: Nos oponemos a que se supriman los días adicionales de permiso por desplazamiento.
 
Por otro lado, también HEMOS VUELTO A SOLICITAR que se incluya en convenio :
 
-Permiso retribuido por el tiempo necesario para poder asistir a reuniones escolares de menores convivientes.
 
-Permiso retribuido por el tiempo necesario para acompañar a ascendientes y descendientes a visitas o pruebas médicas.
 
-Permiso retribuido coincidiendo con el cumpleaños de la persona trabajadora.
 
-El CEV contempla el permiso para acudir al médico especialista, pero no habla del médico de cabecera o la realización de pruebas médicas (analíticas, por ejemplo).
 
-Modificar que el permiso de un día por matrimonio de familiar de hasta segundo grado deba coincidir con la fecha de celebración.
 
 
Por lo que hace a la propuesta de redactado de la empresa para el artículo 183 sobre INCAPACIDAD TEMPORAL:
 
Creemos que la empresa pretende matar moscas a cañonazos
 
Se busca bajar el absentismo laboral mediante la reducción en la remuneración (no complementando la prestación de la Seguridad Social en su totalidad), pero ¿no queremos saber cuál es el motivo por el cual se producen estas incapacidades temporales?, ¿pensamos acaso que puede ser un capricho de la persona trabajadora? o ¿creemos que se trata de un fraude?
 
Leemos en la propuesta entregada que la persona en situación de IT deberá ser reconocida por el personal médico de la empresa, pero ¿para comprobar qué?, ¿es el personal médico de la empresa más profesional que quien ha visitado a la persona trabajadora y ha certificado su baja médica?
 
La empresa ya sabe que la reducción en la remuneración es una medida que no funciona, y para ejemplo un botón, unas de las áreas con mayor índice de absentismo actualmente es el área comercial, el cual tiene una consecuencia directa en su remuneración (no consecución del PIC) y eso no ha llevado, en ningún caso, a disminuirlo.
 
Desde SC SUMADOS también estamos preocupados por el índice de absentismo laboral, pero entendiendo que se debe de realizar un análisis exhaustivo de los motivos por los cuales ciertas áreas, territorios o puestos tipo tienen un índice mayor que otras.
 
Por eso, hemos propuesto que se analice lo que ocurre en cada supuesto, cuál es el motivo, se tomen medidas correctoras, consensuadas con la Representación de los Trabajadores para paliarlo, y se haga un trabajo de seguimiento mediante la Comisión Interempresas de Absentismo laboral.
 
En una segunda parte de la reunión la empresa ha hablado de NUEVAS FORMAS DE TRABAJO , donde ha recogido nuestra petición de trabajo a distancia, denominándolo DESLOCALIZACIÓN. Según su propuesta, la empresa podría determinar qué personas trabajadoras, en función de su perfil tecnológico, podrían trabajar a distancia toda la jornada laboral.
 
Esto coincide con lo que ya hemos venido solicitando en anteriores reuniones.
 
Desde SC SUMADOS también creemos en medidas que mejoren la conciliación y que a su vez sean compatibles con las necesidades de la empresa. Es por ello por lo que creemos que este es un punto en el que tenemos que avanzar más y ser un referente para otras empresas. Además, la conciliación es uno de los puntos más importantes, a la hora de seleccionar una empresa para trabajar. 
 
Por otro lado, durante la pandemia se demostró que la plantilla es perfectamente capaz de trabajar en remoto de forma continuada y mantener el nivel de productividad e incluso aumentarlo. Además, en Telefónica tenemos, y vendemos a terceros, las herramientas para poder hacerlo. 
 
Por todo ello, pensamos que es el momento de incrementar el teletrabajo a 3 días semanales y de incorporar además una bolsa anual de 350 horas , repartidas en cupos de 7,5h, para que las personas trabajadoras puedan hacer uso de ellas, realizando trabajo a distancia y mejorando así la conciliación.
 
Finalmente, en aquellos casos en que se traslade a una persona trabajadora a más de 90 km de su ubicación actual, proponemos que se conceda el trabajo a distancia durante toda su jornada laboral. 
 
Está demostrado que estas mejoras en materia de conciliación, ligadas a las nuevas formas de trabajo, reducen también el absentismo laboral.
 
La próxima reunión de negociación del convenio se ha fijado para el 14 de diciembre.
 
------------------------------------
En la tarde del 13/12 ha tenido lugar la 3ª sesión de reuniones de negociación del DESPIDO COLECTIVO en TdE, TME y TSOL.
 
La empresa rebaja el número inicial de personas afectadas por el despido, quedando en un total de 3959, entre las 3 jurídicas .
 
En todas ellas, la empresa HA HECHO ENTREGA de una primera versión del PLAN SOCIAL con el que pretende acompañar el despido colectivo:
 
Según este, podrán acogerse al mismo personas nacidas en 1968 y años anteriores, que tengan al menos 15 años de antigüedad.
 
La indemnización que ofrece es la siguiente:
 
- Nacidos en 1968: La renta que recibirán mensualmente es del 60% del salario regulador hasta los 63 años y el 30% de los 63 a los 65 años.
 
- Nacidos en 1967, 1966 y 1965: La renta que recibirán mensualmente es el 55% del salario regulador hasta los 63 años. Luego el 30% de los 63 a los 65 años.
 
- Nacidos antes de 1965:  La renta que recibirán mensualmente es el 50% del salario regulador hasta los 63 años y el 30% de los 63 a los 65 años.
 
-Coste del convenio especial con la Seguridad Social: la empresa lo asumiría hasta los 63 años de edad.
 
- Póliza de salud: la empresa asumiría el 40% de la póliza básica para el empleado y sus beneficiarios hasta que este cumpla los 61 años.
 
- Seguro colectivo de riesgo: se mantendrá al empleado/a de alta hasta los 61 años de edad.
 
Por otro lado, plantea realizar movilidad geográfica forzosa para concentrar el personal en las principales capitales de provincia: Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla,  Bilbao y Valladolid.
 
Ante estas condiciones de partida, desde SC SUMADOS MOSTRAMOS NUESTRA OPOSICIÓN MÁS ROTUNDA y emplazamos a la empresa a revisar la oferta, tanto en las cantidades como en la extensión del pago hasta la edad de jubilación ordinaria de cada una de las personas trabajadoras afectadas.
 
La próxima reunión está fijada para el jueves 14/12.
 
¡SÍGUENOS EN REDES SOCIALES!

   
Por Sindicato SUMADOS 14 may, 2024
Por Sindicato SUMADOS 08 may, 2024
Por Jose Antonio Nuño Mancilla 03 may, 2024
VENTAJAS PARA LA AFILIACIÓN DE SUMADOS Como sabes, este próximo domingo es el DÍA DE LA MADRE . En SUMADOS queremos ponértelo fácil, por eso te recordamos que COMO AFILIADO/A, tienes acceso a los descuentos de la plataforma TUYOÜ , donde seguro vas a encontrar el regalo ideal para ese día . ¿A qué estás esperando? Nota : si no te has registrado aún en la plataforma TUYOÜ , cuando te des de alta, recuerda que en el campo Nº afiliado* deberás introducir el CÓDIGO AF. FETICO que aparece al pie del comunicado que has recibido hoy.
Por Sindicato SUMADOS 02 may, 2024
Por Sindicato SUMADOS 26 abr, 2024
Por Sindicato SUMADOS 25 abr, 2024
Por Sindicato SUMADOS 22 abr, 2024
Por Sindicato SUMADOS 22 abr, 2024
Por Sindicato SUMADOS 16 abr, 2024
Por Sindicato SUMADOS 02 abr, 2024
Show More
Share by: