Publicado el 12 de febrero de 2022 por Sindicato SUMADOS

No es la primera vez que hablamos sobre el drama  al que la plantilla de Telefónica, que percibe vales-comida, se enfrenta cada mes. 
 
Si en la primera entrega de esta serie, con tintes ya de culebrón, nos centrábamos en los problemas para acceder a ellos (como sucedió en los meses de confinamiento y teletrabajo continuado) en esta nueva temporada vamos a hablar del periplo  al que muchos y muchas se tienen que enfrentar PARA CANJEARLOS. Problema este, además, que en los últimos tiempos no ha hecho más que agravarse.

Y es que es un hecho contrastado: LOS VALES-COMIDA(o Cheque-Gourmet) CADA VEZ SE PUEDEN CANJEAR EN MENOS ESTABLECIMIENTOS  y en el caso de provincias pequeñas (o en las islas) pasa a ser directamente una hazaña conseguir gastarlos.

Para quienes los sufrís cada mes, las siguientes situaciones os serán muy familiares:

- La web de UP Gourmet está desactualizada: Llamas a uno de los sitios que salen en la web y te dicen que hace meses que ya no aceptan Cheque Gourmet. Resultado: solo te vale la información de los lugares que frecuentas, aunque poco a poco algunos también se van cayendo. 

- La app’s móvil da fallos constantes: Tienes instalada la app móvil para Cheque Gourmet y te da fallos constantes (errores de conexión, etc).

- Pedidos a domicilio: intentas usar los cheques para comprar comida a domicilio y te encuentras con que la mayoría de las empresas adheridas solo aceptan Cheque Gourmet en formato tarjeta recargable, pero no cheques físicos.

- Vives en una provincia pequeña, donde la oferta de establecimientos para consumirlos es muy reducida y la que hay es solo para comida rápida.

La lista de supuestos podría seguir aún, pero creemos que los expuestos son ya bastante ilustrativos.

Por eso, desde SC SUMADOS insistimos  en que LA EMPRESA DEBE OFRECER UNA SOLUCIÓN, facilitando el paso a la versión tarjeta de los Cheques Gourmet, además de dar la posibilidad de pasar a COBRAR EL IMPORTE DE LOS VALES-COMIDA INCLUIDOS EN NÓMINA-como ya se hacía en su día- a quien así lo solicite.

Hasta entonces seguiremos con una situación de discriminación sobrevenida  con relación a quienes sí tienen la compensación por jornada partida incluida en nómina (Disposición Adicional Primera para TdE, apartado a, del CEV).

Otra de las infinitas perlas heredadas  de la firma del I Convenio de Empresas Vinculadas.
 

 
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