Publicado el 30 de noviembre de 2020 por Sindicato SUMADOS
Se acerca el final de 2020
y con él la posibilidad y el deseo de que el año que empiece nos traiga cosas mejores.
En el universo Telefónica, las perspectivas de mejorar -en cuanto a PERMISOS RETRIBUIDOS se refiere- podrían ser buenas y os explicamos por qué:
Actualmente, para los permisos retribuidos en caso de accidente, enfermedad grave o fallecimiento de familiar (hasta 2º grado), y por nacimiento o adopción de hijo/a , NO se tiene en cuenta si este se inicia en festivo o en día laborable, posibilitando así que el interesado/a pueda perder días de permiso en función de la fecha en la que ha tenido lugar la circunstancia que lo ha ocasionado.
Fetico (organización con la que estamos confederados) demandó este hecho en el ámbito de Grandes Almacenes y lo GANÓ ANTE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE).
En el ámbito del II Convenio de Empresas Vinculadas (artículo 102, apartados B, C y D) también se ha presentado demanda en el mismo sentido y desde SUMADOS vamos a apoyar esa postura, es decir, que estos permisos retribuidos siempre tienen que dar inicio en día laborable .
Está previsto que EL JUICIO tenga lugar en enero de 2021.
Permaneceremos atentos a cómo se desarrolla y os mantendremos puntualmente informados de todo ello.
En el universo Telefónica, las perspectivas de mejorar -en cuanto a PERMISOS RETRIBUIDOS se refiere- podrían ser buenas y os explicamos por qué:
Actualmente, para los permisos retribuidos en caso de accidente, enfermedad grave o fallecimiento de familiar (hasta 2º grado), y por nacimiento o adopción de hijo/a , NO se tiene en cuenta si este se inicia en festivo o en día laborable, posibilitando así que el interesado/a pueda perder días de permiso en función de la fecha en la que ha tenido lugar la circunstancia que lo ha ocasionado.
Fetico (organización con la que estamos confederados) demandó este hecho en el ámbito de Grandes Almacenes y lo GANÓ ANTE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE).
En el ámbito del II Convenio de Empresas Vinculadas (artículo 102, apartados B, C y D) también se ha presentado demanda en el mismo sentido y desde SUMADOS vamos a apoyar esa postura, es decir, que estos permisos retribuidos siempre tienen que dar inicio en día laborable .
Está previsto que EL JUICIO tenga lugar en enero de 2021.
Permaneceremos atentos a cómo se desarrolla y os mantendremos puntualmente informados de todo ello.
SUMADOS